El Tribunal Superior condena al Ayuntamiento de La Puebla de Híjar a indemnizar a una víctima de abuso sexual en un taller de empleo

El Tribunal Superior condena al Ayuntamiento de La Puebla de Híjar a indemnizar a una víctima de abuso sexual en un taller de empleo

El Tribunal Supremo ha declarado responsable civil subsidiario al Ayuntamiento de La Puebla de Híjar por el abuso sexual cometido por el tutor de un taller de empleo municipal y le obliga a indemnizar con 1.000 euros por el daño moral a la víctima, que tenía 42 años cuando ocurrieron los hechos.

La resolución del Alto Tribunal estima únicamente el recurso presentado por la mujer, que acudió en casación tras la sentencia de apelación dictada por la Audiencia Provincial de Teruel. La recurrente solicitaba que se apreciara la relación de superioridad del acusado por su condición de tutor, que se incrementara la indemnización y que se reconociera la responsabilidad subsidiaria del Consistorio al haberse producido los hechos en el aula del taller, durante el ejercicio de las funciones del docente contratado por el Ayuntamiento.

El Supremo desestima las dos primeras peticiones y mantiene la cuantía fijada en 1.000 euros, al considerar que la cuestión relativa a la supuesta superioridad del acusado debió plantearse en fases anteriores del proceso. Sin embargo, sí acepta que el Ayuntamiento debe responder subsidiariamente por tratarse de unos hechos cometidos en el marco de una actividad municipal y por un trabajador vinculado al propio consistorio.

Los hechos se remontan a 2021, cuando la mujer firmó un contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje con el Ayuntamiento de La Puebla de Híjar, con vigencia del 1 de junio al 30 de noviembre. El 29 de julio de ese año, según recoge la sentencia de la Audiencia de Teruel, el acusado entró en el aula para recoger un proyector y, al pasar junto a la alumna, le dio una palmada en los glúteos sin su consentimiento.

Por estos hechos, el tutor fue condenado a un año de prisión, al pago de 1.000 euros a la víctima y a la prohibición de acercarse o comunicarse con ella. Ahora, el Supremo añade la responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento de La Puebla de Híjar.

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